Términos y Condiciones Actividad Promocional – Casa Fest 2025
Estos términos y condiciones tienen por objeto darle a conocer a los Clientes de Amarilo que la compañía realizará una actividad promocional denominada Casa fest 2025 (en adelante la “Campaña” o “Actividad”), de acuerdo con las siguientes términos y condiciones (en adelante los “Términos y Condiciones”):
1. LAS PARTES
1.1. Por una parte, Amarilo S.A.S., sociedad colombiana, legalmente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Colombia, con NIT. 800.185.295–1, con domicilio social en la calle 90 núm. 11 A – 27 en la ciudad de Bogotá D. C., inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., con correo electrónico servicioalcliente@amarilo.com (en adelante “Amarilo”).
1.2. Por otra parte, el Cliente de Amarilo (definición establecida en los conceptos generales).
Amarilo y el Cliente de Amarilo, quienes de manera conjunta se denominarán las “Partes”, e individualmente como la “Parte”, se regirán por los presentes Términos y Condiciones que regularán la Campaña en los siguientes términos:
2. INFORMACIÓN MÍNIMA
2.1. Vigencia: La Campaña estará vigente desde el seis (6) de junio de dos mil veinticinco (2025) hasta el treinta (30) de junio de dos mil veinticinco (2025), y/o hasta agotar las unidades disponibles del Incentivo (adelante definido), las cuales se especifican en el numeral 3.3 siguiente, lo que ocurra primero (en adelante el “Término de Vigencia”)
2.2. Objeto: La Actividad es una feria virtual y presencial organizada por Amarilo, en virtud de la cual, los interesados que cumplan con las condiciones previstas en estos Términos y Condiciones durante el Término de Vigencia de la Campaña podrán acceder a un Incentivo en los términos previstos en el numeral 3.3. siguiente para adquirir un inmueble en alguno de los Proyectos Aplicables (definido en el numeral 3.3).
3. CONCEPTOS GENERALES Y DEFINICIONES
3.1. Cliente de Amarilo: Serán toda aquella persona natural mayor de edad o jurídica que realice satisfactoriamente el proceso de Separación (definido en el numeral 3.4) de un inmueble, (parqueadero y depósito si aplica) (en adelante el “Inmueble”) en los Proyectos Aplicables que se especifican en el numeral 3.3 siguiente durante el Término de Vigencia (en adelante el “Cliente de Amarilo” o los “Clientes de Amarilo”).
3.2. Incentivo: Corresponde a un bono de descuento sobre el valor total del Inmueble adquirido durante el Término de Vigencia de la Campaña dependiendo el Proyecto Aplicable como se especifica en el numeral 3.3. El Incentivo solo aplica sobre el valor del inmueble y no sobre el valor de los parqueaderos o depósitos.
Se debe tener en cuenta que los precios de los inmuebles que aparecen en los materiales de publicidad de Amarilo no incluyen el valor del (de los) parqueadero(s) ni el del depósito, éstos serán notificados por el asesor comercial al momento de la entrega de la respectiva cotización.
3.3. Proyectos aplicables: La Campaña aplica única y exclusivamente para los siguientes proyectos (en adelante los “Proyectos Aplicables”), los cuales tienen asignados las unidades e Incentivos que se relacionan a continuación:
Proyectos NO VIS
SDV | Proyecto | Dcto Casa Fest | Cantidad de UN | Ciudad | ||
| Monterivera | Monterivera | 50,000,000 | 12 | BARRANQUILLA | ||
| Boreal | Boreal III | 20,000,000 | 61 | BOGOTÁ | ||
| Granada | Reserva de Granada 5 | 20,000,000 | 9 | BOGOTÁ | ||
| Lira | Lira | 10,000,000 | 356 | BARRANQUILLA | ||
| Limonar | Limonar | 13,000,000 | 343 | CAJICA | ||
| Navarra | Navarra | 30,000,000 | 336 | BOGOTÁ | ||
| Zermatt | Zermatt | 30,000,000 | 20 | BOGOTÁ | ||
| Ginger | Ginger | 15,000,000 | 122 | CARTAGENA | ||
| Guayacanes | Guayacanes | 30,000,000 | 150 | MEDELLIN | ||
| La Macarena | La Macarena | 12,000,000 | 246 | VILLAVICENCIO | ||
| Cidron | Cidrón | 20,000,000 | 241 | CAJICA | ||
| Granada | Portales de Granada | 25,000,000 | 58 | BOGOTÁ | ||
| Hda El Otoño | Orquidea | 20,000,000 | 7 | BOGOTÁ | ||
| Hda Rosablanca | Prado Verde | 8,000,000 | 7 | VILLAVICENCIO | ||
| La felicida | LA FELICIDAD | 25,000,000,00 | 43 | BOGOTÁ | ||
| La Felicidad | LA FELICIDAD - CORAL | 25,000,000 | 43 | BOGOTÁ | ||
| Refugio del valle | Refugio del valle* Solo Sub Lanzadas | 90,000,000 | 53 | GUASCA | ||
| Huertas de Cajica | RIVERA DEL VALLE | 12,000,000 | 94 | CAJICA | ||
| Alcala | Alcalá | 60,000,000 | 13 | GUASCA | ||
| San Marco | San Marco | 20,000,000 | 306 | CARTAGENA | ||
| Hda El Bosque | Nogal | 40,000,000 | 258 | BOGOTÁ | ||
| Senderos de Modelia | Senderos de Modelia | 20,000,000 | 6 | BOGOTÁ | ||
| Las Palmas | Barú | 12,000,000 | 84 | RICAURTE | ||
| Valle Luna | Tierra Luna | 15,000,000 | 21 | CHIA | ||
| Valle Luna | Samaria | 45,000,000 | 43 | CHIA | ||
| Hda El Otoño | Cerezo | 30,000,000 | 454 | BOGOTA | ||
| Saman | Saman | 35,000,000 | 471 | MEDELLIN | ||
| Hacienda Fontanar | Jardínes de Fontanar | 18,000,000 | 152 | CHIA | ||
| Hda El Bosque | Cedro | 30,000,000 | 112 | BOGOTÁ | ||
| Serena del Mar | Torrechiara | 20,000,000 | 20 | CARTAGENA | ||
| Alameda del Rio | Flamingo | 10,000,000 | 13 | BARRANQUILLA | ||
| Valle Luna | Sorrento | 13,000,000 | 14 | CHIA | ||
| Huertas de Cajica | Huertas Oriental 2 | 15,000,000 | 69 | CAJICA | ||
| Boreal | Boreal II | 20,000,000 | 61 | BOGOTÁ | ||
| La Felicidad | La Bahia | 18,000,000 | 23 | BOGOTÁ | ||
| Orquidea | Orquidea | 10,000,000 | 380 | BOGOTÁ | ||
| Verona | Verona | 25,000,000 | 113 | BOGOTÁ | ||
| Santa María del Buque | Santa María del Buque | 45,000,000 | 28 | VILLAVICENCIO | ||
| Hda Rosablanca | Prado Verde II | 10,000,000 | 404 | VILLAVICENCIO | ||
| Paladio | Paladio | 20.000.000,00 | 16 | CARTAGENA |
Proyectos VIS
SDV | Proyecto | Dcto Casa Fest | Cantidad de UN | Ciudad |
| ALAMEDA DEL RIO | AMATISTA | 18.525.000 | 15 | BARRANQUILLA |
| SAN ANTONIO | Bambú | 21.115.000 | 30 | SOLEDAD ATLANTICO |
| PARQUE HEREDIA | BARLOVENTO | 16.672.500 | 5 | CARTAGENA |
| CIUDAD VERDE | Cayena III | 27.907.500 | 22 | SOACHA |
| PARQUE HEREDIA | Gaia | 18.525.000 | 6 | CARTAGENA |
| HDA EL OTOÑO | Girasol | 28.525.000 | 5 | BOGOTÁ |
| HDA EL OTOÑO | Lirio | 28.525.000 | 20 | BOGOTÁ |
| LLANO ALTO | Llano Alto III | 16.672.500 | 4 | VILLAVICENCIO |
| LLANO ALTO | Llano Alto IV | 16.672.500 | 49 | VILLAVICENCIO |
| VALLE DE LUNA | Luna Nueva | 18.525.000 | 7 | CHIA |
| HDA SANTA CRUZ | Malta | 16.672.500 | 102 | IBAGUE |
| LAS PALMAS | Palma azul | 16.672.500 | 17 | RICAURTE |
| ROSABLANCA | PASOLLANO III | 26.672.500 | 29 | VILLAVICENCIO |
| ROSABLANCA | PASOLLANO IV | 26.672.500 | 29 | VILLAVICENCIO |
| HDA SANTA CRUZ | Terra | 16.672.500 | 8 | IBAGUE |
| HDA OTOÑO | Tulipan | 28.525.000 | 14 | BOGOTÁ |
| SAN ANTONIO | Yarumo | 16.672.500 | 20 | SOLEDAD ATLANTICO |
| Picaflor | 28.525.000 | |||
| Oliva | 26.672.500 | |||
| Lima | 28.525.000 |
3.4. Separación: Es la etapa del proceso de negociación para adquirir un Inmueble en uno de los Proyectos Aplicables en la cual el Cliente de Amarilo ha cumplido con las siguientes condiciones: (i) suscribir el documento de separación que será enviado por la sala de ventas del Proyecto Aplicable o diligenciado directamente en línea al momento de escoger del inmueble del Proyecto Aplicable; (ii) suscribir la vinculación a la fiduciaria; (iii) suscribir la autorización de Tratamiento de Datos Personales (iv) consignar el valor correspondiente a la separación; (v) presentar el recibo de consignación del pago correspondiente a la separación del inmueble elegido en el Proyecto Aplicable (en adelante la “Separación”). De acuerdo al numeral 3.3 en el caso de inmuebles VIS, este podrá ser separado desde los quinientos mil pesos ($ 500.000).
3.5 Legalización del inmueble: El presente documento deberá ser firmado en primera instancia por el cliente, quien manifiesta su voluntad de separar el inmueble identificado en este acuerdo, de conformidad con las condiciones aquí establecidas. Una vez firmado por el cliente, Amarilo procederá a revisar la información y, de estar conforme, firmará como constancia de aceptación, formalizando así la separación del inmueble. La separación se entenderá legalizada únicamente cuando cuente con la firma de ambas partes.
4. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL INCENTIVO
4.1. Cumplir con lo establecido en el numeral 3.1. con el fin de ostentar la calidad de Cliente de Amarilo.
4.2. Cumplir y finalizar satisfactoriamente los trámites de Separación del Inmueble en las condiciones establecidas en el numeral 3.4.
4.3. Cumplir durante el Término de Vigencia de la Campaña con los procedimientos y trámites internos de Amarilo, así como las políticas internas relacionadas con la vinculación de clientes las cuales serán informadas por el asesor de la sala de ventas de los Proyectos Aplicables al momento de iniciar el proceso de Separación.
4.4. El Incentivo no es acumulable con otros descuentos, acuerdos, atenciones comerciales y, en general, cualquier otro incentivo entregado o prometido al Cliente de Amarilo.
5. DIVULGACIÓN DE LA CAMPAÑA
La Campaña será dada a conocer a través de pauta digital, publicidad en paraderos de buses y cuña y menciones radiales en La FM y La X y en los diferentes canales de comunicación de Amarilo (redes sociales, mailing, SMS y WhatsApp).
6. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD
6.1. El cliente potencial se registra en la campaña diligenciando los datos personales que aparece en la página web de Casa Fest dispuesta para ese fin.
6.2. El contact center de Amarilo, se comunica con el cliente para validar información de registro, ofrecer los Proyectos Aplicables a Casa Fest, y perfilarlo de acuerdo con su interés.
6.3. Si el Cliente de Amarilo realiza el proceso de Separación, el valor del Incentivo será descontado del valor total del apartamento al momento de la Separación.
7. PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS, SOLICITUDES, FELICITACIONES
Cualquier duda o inquietud que presente el Cliente de Amarilo frente a los Términos y Condiciones, podrá ser consultada directamente en las salas de ventas de Amarilo.
Respecto de las peticiones, quejas, reclamos, solicitudes, peticiones, denuncias o felicitaciones (en adelante PQRSDF), se deberán radicar en la página web de Amarilo https://servicioalclienteamarilo.custhelp.com/app/ask/.
8. DISPOSICIONES FINALES
8.1. El valor del Incentivo dependerá del Proyecto Aplicable. Así las cosas, el Cliente de Amarilo deberá revisar la relación de Proyectos Aplicables (numeral 3.3) y el listado de unidades asignadas a los Proyectos Aplicables, los cuales se indicaron en el numeral 3.3.
8.2. El precio del Inmueble será ratificado en la Sala de Ventas y /o Asesor virtual correspondiente de cada Proyecto Aplicable.
8.3. La sala de ventas del Proyecto Aplicable notificará previamente al potencial Cliente de Amarilo el número de Incentivos que se encuentran disponibles en el Proyecto Aplicable.
8.4. Amarilo se reserva la facultad de modificar tanto la cantidad como los inmuebles que ingresan o salen de la Campaña, sin previa autorización a sus clientes o posibles interesados de los inmuebles. Sin embargo, cualquier cambio relacionado con estos aspectos de la Campaña será notificado por el mismo canal por el que se publiquen los Términos y Condiciones.
8.5. Por razones de caso fortuito o fuerza mayor, Amarilo podrá suspender parcial o totalmente la Campaña, sin que ello implique remuneración o compensación hacia los participantes, dicha suspensión será comunicada a los participantes a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles después de la ocurrencia del hecho.
8.6. El Incentivo no es transferible, negociable, canjeable en efectivo ni por otros bienes o servicios.
8.7. Amarilo se reserva el derecho de hacer modificaciones, adiciones o aclaraciones a estos Términos y Condiciones si se considera necesario, y lo comunicará por medio de su sitio web en Internet.
8.8. El Incentivo será aplicable al momento de la Separación y legalización del Inmueble en el Proyecto Aplicable.
8.9. El Incentivo solo será aplicable a una unidad privada, razón por la cual, el Cliente de Amarilo interesado en adquirir más unidades de vivienda deberá escoger a cuál hará aplicable el Incentivo.
8.10. El Incentivo será aplicable por una sola vez.
8.11. Los empleados de Amarilo que se encuentren en las salas de ventas de los Proyectos Aplicables, durante el Término de Vigencia de la Campaña deberán cumplir con el reglamento interno de trabajo de Amarilo y asegurar que la entrega del Incentivo al Referente se dé dentro de los parámetros establecidos en este reglamento.
8.12. Cualquier controversia que se presente dentro de esta Campaña que haya sido prevista en estos Términos y Condiciones, se resolverá conforme a derecho. El simple acto de aceptar el conocimiento de la Campaña y la participación en la Actividad con nuestro Contact center al momento de la llamada, dará por hecho que el Cliente de Amarilo conoce de la existencia de este reglamento y las disposiciones contenidas en el mismo, las cuales se han aceptado y a las que se han adherido.
8.13. Si se demuestra de cualquier forma, que el Cliente de Amarilo actuó y/o recibió un Incentivo de manera fraudulenta, Amarilo tendrá el derecho y la facultad para reclamar el Incentivo entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.
8.14. Los presentes Términos y Condiciones sustituyen expresamente cualquier acuerdo o compromiso previo entre las Partes.
8.15. El Cliente de Amarilo exonera a Amarilo de toda responsabilidad por su participación en la Campaña, en el entendido que su decisión es personal, libre, informada, y bajo su propia responsabilidad y riesgo.
8.16. El Cliente de Amarilo beneficiario del Incentivo declara que conoce y acepta la totalidad de las cláusulas de los Términos y Condiciones, al habérseles informado de manera previa y oportuna.